La Unidad Nacional de Protección (UNP), creada con la finalidad de garantizar los derechos a la vida, integridad, libertad y seguridad de las poblaciones objeto de prevención y protección, con incorporación de funcionarios del antiguo Departamento Administrativo de Seguridad (DAS), desde hace varios años se ha visto comprometida en toda suerte de actos de corrupción, comisión de delitos, implementación en su interior de combos sicariales, narcotráfico, servicios de protección y transporte a delincuentes y narcotraficantes, así como transporte de cocaína por la geografía nacional.
Es tal el nivel de corrupción y criminalidad al interior de la UNP que su actual Director General, Augusto Rodríguez Ballesteros, tiene que estar escoltado al caminar por los pasillos de la sede de la Entidad para garantizar su integridad y vida.
La complejidad de su gigantesca estructura burocrática, financiera y contractual, la politización de su administración, actos de corrupción para direccionar con amaño la contratación millonaria de servicios, el carrusel de empresas contratistas y vicios heredados del antiguo DAS, presentan a la Unidad Nacional de Protección como una entidad en la que se genera el delito y la criminalidad, tal como reiteradamente lo ha advertido su nuevo Director.
Presentamos, en apretada síntesis, el resultado de nuestra investigación y denuncia ante la Fiscalía General de la Nación que exhiben como, el ex Subdirector de Protección Ronald Rodríguez Rozo, necesariamente secundado por un equipo de abyectos funcionarios, muchos de los cuales aún se encuentran mimetizados y enquistados en su enrevesada estructura burocrática, instrumentalizaba la comisión de delitos para apropiarse de los recursos públicos asignados para la prestación de servicios de protección, con el evidente y delictivo concurso de empresas contratistas y el silencio cómplice de quienes fueron sus superiores y ordenadores del gasto.
El 5 de marzo de 2020 fue legalizada la suscripción del Contrato de Prestación de Servicios No. 506, celebrado entre la Unidad Nacional de Protección, como Contratante, y la Unión Temporal Protección S & P, en la condición de Contratista y conformada por las sociedades Prosegur Vigilancia y Seguridad Privada Ltda y Su Oportuno Servicio Ltda “SOS”, por un valor de inicial de cuarentayocho mil once millones setecientos noventa y seis mil quinientos cincuentainueve pesos ($48.011.796.559,00) y cuyo objeto fue la “Prestación de servicios para la provisión e implementación de escoltas que requiera la Unidad Nacional de Protección, en desarrollo del Programa de Protección de los derechos a la vida, la libertad, la integridad y la seguridad de las personas, grupos, comunidades y convenios a cargo de la entidad”, en la Costa Caribe colombiana.
Ese contrato contempló la provisión e implementación, por parte de la contratista, del servicio de escoltas por un valor de $5.904.783,73 por Escolta/mes en los departamentos de Atlántico, Bolívar, Cesar, Córdoba, La Guajira, Magdalena, Sucre y San Andrés; con un requerimiento total de 8131 unidades de escoltas para los meses de marzo, abril, mayo, junio, julio, agosto, septiembre y octubre de 2020 de conformidad con los requerimientos de la UNP.
El diecisiete (17) de marzo de dos mil veinte (2020), doce días después de haber sido legalizado el millonario contrato No. 506, el señor Presidente de la República expidió el Decreto 417 “Por el cual se declara un Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica en todo el territorio nacional”, habida consideración de la pandemia por el Coronavirus COVID 19.”
En irregular y delictuoso aprovechamiento de la emergencia decretada, el 24 de marzo de ese mismo año, la contratista Unión Temporal Protección S & P dispuso unilateralmente, sin que mediara acto administrativo alguno por parte de la UNP, la suspensión de los servicios contratados y ordenó el retiro de los escoltas asignados a los esquemas protectivos dispuestos por instrucciones de la Unidad Nacional de Protección.
Sin embargo, muy a pesar de haber suspendido de manera arbitraria e ilegal, sin autorización alguna de la UNP, la prestación regular del servicio de escoltas a los protegidos por el Estado en los departamentos de la Costa Caribe durante los meses de abril, mayo, junio, julio, agosto y septiembre de 2020, la contratista Unión Temporal Protección S & P, cobró a la UNP y le fue cancelada, por un servicio de escoltas no prestado, la suma de $6.991.703.849,16, con la aquiescencia y complicidad del señor Ronald Rodríguez Rozo, quien como Subdirector de Protección era el Interventor del cuestionado e investigado contrato No. 506, suscrito por Diego Palacios Martínez, cuando se desempeñó como Vice Ministro del Interior y Director General (e) de la Unidad Nacional de Protección.
Es evidente que, para generar la criminal e indebida apropiación de los $6.991.703.849,16, la Unión Temporal Protección S & P, Ronald Rodríguez Rozo, Subdirector de Protección en ese entonces, y Otros funcionarios de la UNP necesariamente debieron incurrir en la comisión de los delitos tipificados como Peculado por Apropiación, Falsedad Ideológica en Documento Privado, Falsedad Ideológica en Documento Público, Contrato sin Cumplimiento de Requisitos Legales (Fase contractual) y otras conductas punibles que establecerá la Fiscalía General de la Nación en la investigación ordenada en el proceso penal con NUNC 470016099369202100440 al que debe concurrir la Unidad Nacional de Protección en la condición de VICTIMA.
El Director General de la UNP, Augusto Rodríguez Ballesteros, ha denunciado como en esa Entidad se anidan, desde hace varios años, funcionarios que delinquen con total impunidad. Ello ha quedado establecido y se requiere la implementación de urgentes medidas, algo así como una “cirugía mayor”, para extirpar los actos de corrupción y la comisión de delitos corrupción que allí se incuban y que pone en tela de juicio al Estado colombiano.